Participación Social en Salud
Última actualización: 15 de agosto de 2026
¿Qué es la participación social en salud?
La participación social en salud es el derecho de los usuarios y la comunidad a intervenir en las decisiones que afectan su salud, a expresar sus necesidades y expectativas frente a los servicios que reciben, y a ejercer control social sobre la calidad de la atención. El Ministerio de Salud y Protección Social define y orienta la Política de Participación Social en Salud a nivel nacional.
Cómo promueve SALUD Y BIENESTAR ALFA IPS la participación de sus usuarios
SALUD Y BIENESTAR ALFA IPS pone a disposición de sus usuarios el canal de SIAU (Sistema de Información y Atención al Usuario) como principal mecanismo para recibir opiniones, sugerencias, quejas y reclamos sobre la atención recibida, y para orientar a los usuarios sobre sus derechos y deberes en salud.
SIAU — Sistema de Información y Atención al Usuario
El SIAU es el canal a través del cual puedes:
- Radicar peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones (PQRSF).
- Recibir orientación sobre los servicios de la institución.
- Expresar tu opinión sobre la atención recibida.
Puedes escribir directamente al correo siau@saludybienestaralfaips.com o usar el formulario de PQRSF.
Otros mecanismos de participación y control social
La normativa colombiana contempla otros mecanismos de participación en salud, como las asociaciones o ligas de usuarios y las veedurías ciudadanas, que pueden conformarse por iniciativa de los propios usuarios de una institución de salud. Estos mecanismos están sujetos a validación y actualización interna para reflejar con precisión cuáles se encuentran actualmente implementados o en proceso de implementación en SALUD Y BIENESTAR ALFA IPS. Si tienes interés en participar en alguno de estos espacios o en promover su creación, puedes escribir al correo del SIAU.
Deberes y derechos de los usuarios en salud
Como usuario del sistema de salud, cuentas con derechos y deberes reconocidos por la Ley Estatutaria de Salud (Ley 1751 de 2015), entre ellos el derecho a recibir información clara sobre tu estado de salud, a que se respete tu autonomía y tu intimidad, y el deber de suministrar información veraz sobre tu estado de salud y de usar racionalmente los servicios ofrecidos.
Marco normativo / Referencias
- Ley 1751 de 2015 (Ley Estatutaria de Salud)
- Ley 1757 de 2015 (Promoción y protección del derecho a la participación democrática)
- Resolución 2063 de 2017, en lo relativo a la Política de Participación Social en Salud
Referencias verificadas frente a la normativa vigente a la fecha de publicación de este documento. Ante cualquier duda sobre la interpretación o aplicación de estas normas, prevalece el texto oficial publicado por la entidad competente.
